El Parlament de Cataluña aprobó el pasado miércoles 9 de septiembre la proposición de ley de limitación de los alquileres que regulará los precios de los alquileres en viviendas de uso residencial.
Tras su publicación hoy en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC), la Ley 11/2020, de 18 de septiembre sobre medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda entrará en vigor mañana 22 de septiembre.
La Ley únicamente será de aplicación para los contratos de arrendamiento de vivienda que se suscriban en Cataluña en las zonas que la Generalitat ha calificado como áreas con mercado de vivienda tenso, en total 60 municipios con más de 20.000 habitantes.
La nueva normativa, impulsada por el Sindicato de Inquilinos, fija que el precio del alquiler no puede ser superior respecto al anterior contrato. Asimismo, las rentas de los nuevos contratos no podrán superar el índice de precios de la Generalitat, publicado en la Agència de l’Habitatge (http://agenciahabitatge.gencat.cat/indexdelloguer).
En las viviendas de nueva edificación o de viviendas resultantes de un proceso de gran rehabilitación la Ley no será de aplicación hasta transcurridos tres años desde la entrada en vigor de dicha ley (22 de septiembre de 2023). Una vez transcurridos los tres años, y durante los cinco años posteriores a la emisión del Certificado Final de Obra la renta pactada al inicio del contrato no podrá superar el índice de referencia superior (salvo que se hayan obtenido subvenciones, en cuyo caso estará sujeta a los mismos límites que cualquier otro contrato).
En el caso de que el Gobierno Central presentara un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, quedaría suspendida su vigencia.