Agencia Inmobiliaria

Comercializamos propiedades exclusivas en venta y alquiler. Administramos y gestionamos patrimonios inmobiliarios.

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Preguntas frecuentes

  1. Valoración del inmueble: Evaluación profesional para determinar su precio de mercado.
  2. Publicación y promoción del inmueble: Estrategias para dar visibilidad a la propiedad.
  3. Gestión de interesados y visitas: Atención a potenciales compradores y organización de visitas y filtrado cualitativo de las visitas. Negociación de las ofertas para maximizar beneficios.
  4. Firma de contrato: Formalización legal del acuerdo entre comprador y vendedor.
  5. Servicio post venta: Asistencia y seguimiento tras la venta del inmueble.
  1. Reserva: Pago inicial para asegurar la reserva del inmueble. La oferta se trasladará a la propiedad para su evaluación y aprobación.
  2. Contrato de arras o compraventa: Acuerdo privado que detalla condiciones y plazos.
  3. Firma ante notario: Formalización legal de la compra en la notaría. El comprador paga la cantidad restante del precio al vendedor, quién entrega la posesión de la vivienda y las llaves al nuevo propietario.
  • DNI o pasaporte de ambas partes.
  • Título de propiedad del vendedor (escritura pública).
  • Certificado de deuda de hipoteca, si aplica.
  • Certificado de estar al corriente de pagos de la comunidad de propietarios.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Cédula de habitabilidad.
  • Certificado Aptitud e Informe ITE (Inspección Técnica de Edificios), si aplica.

Un encargo de venta con exclusiva significa que sólo nuestra agencia puede vender tu propiedad, lo que nos permite dedicar más recursos y esfuerzos en la promoción y venta. En cambio, un encargo sin exclusiva permite que varias agencias comercialicen una misma propiedad.

Sí, es posible, además es muy habitual. Hay diferentes vías para vender viviendas hipotecadas, cómo la subrogación de la hipoteca del vendedor al comprador o la cancelación de la hipoteca.

El tiempo promedio para vender una propiedad en Barcelona puede variar según la ubicación, el precio y las condiciones del mercado. En Alting, hemos logrado reducir significativamente el tiempo de venta gracias a nuestras estrategias de marketing, efectivas y personalizadas.

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Aplica en el caso de viviendas de obra nueva y es del 10%
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), para viviendas de segunda mano y puede variar entre el 6% y el 10%, dependiendo de la comunidad autónoma.
  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) Aplica en ambas transacciones y su tasa varía según la comunidad autónoma.

Por parte del vendedor, en términos de impuestos, es importante considerar la plusvalía municipal que deberá hacerse efectiva durante los 30 días posteriores a la venta y la plusvalía estatal a declarar en la declaración de la renta del ejercicio de la venta.

Ciertos trámites, como la obtención del Certificado de Eficiencia Energética o la Cédula de Habitabilidad, en su caso, deben considerarse también.

  1. Reserva: Pago inicial para asegurar la propiedad antes de la firma del contrato. La oferta se trasladará a la propiedad para su evaluación y aprobación.
  2. Contrato de alquiler: Acuerdo legal que especifica términos, condiciones y duración del alquiler.
  • Alquiler por parte de una Persona física:
    • DNI/NIE/Pasaporte
    • Referencias económicas: Nóminas, contrato de trabajo o declaración de la renta.
  • Alquiler en nombre de una sociedad:
    • CIF
    • Declaración Impuesto sobre Sociedades
    • Escrituras de la sociedad (constitución, poderes…)

Además, se necesita una cuenta bancaria en España para domiciliar el pago del alquiler.

La fianza equivale a una mensualidad de la renta en viviendas y dos mensualidades en despachos y locales y se deposita en un organismo autonómico.

Se utiliza para cubrir daños o incumplimientos y se devuelve al finalizar el contrato previo la liquidación oportuna.

Las garantías complementarias son cantidades adicionales que se solicitan en un contrato de alquiler en garantía para prevenir o resolver incidencias. Pueden ser dinerarias, avales o seguros asociados al contrato o a la vivienda, según convengan ambas partes.

En contratos de vivienda están limitadas a dos mensualidades.

Garantizar que la propiedad esté en buenas condiciones y responder a las reparaciones necesarias.

No es obligatorio, pero es recomendable, tanto para garantizar el pago y correcta gestión de los daños por posibles siniestros, como para proteger a la propia propiedad.

La valoración profesional es clave. Consulta con nuestra agencia para una evaluación precisa.

Gracias por confiar en nosotros